Leo en Crédito Magazine un interesante artículo que nos pretende instruir sobre las diferencias que existen entre un crédito y un préstamo. En muchas ocasiones oímos hablar indistintamente de ambos términos como si fuesen sinónimos, pero la realidad es que cada uno tiene unas peculiaridades que los diferencian. A lo largo de este post intentaremos explicar, de la manera más sintética y didáctica posible sus diferencias.
La diferencia fundamental estriba en que la responsabilidad en la cual incurrimos. En un crédito, en el cual el cliente se encuentra acreditado ante la entidad prestataria, el cliente se compromete a devolver la cantidad prestada más unos intereses y unas comisiones en unos plazos, pudiendo antes del plazo pactado devolver una parte o todo el crédito. Ese importe que ha sido prestado puede volver a ser utilizado una vez devuelto por el cliente en el futuro durante toda la vida que tenga el crédito.
Los préstamos, habitualmente con garantía personal, normalmente se encuentran destinados a la compra de bienes y / o servicios de consumo como puedan una motocicleta, un coche, un ordenador o cualesquiera otros. El cliente que ha obtenido el préstamo se compromete a la devolución de la cuantía del mismo y las obligaciones (comisiones, intereses, plazos) que el mismo lleva aparejada. En caso de no hacer frente a sus obligaciones ante la entidad con la que suscribió el préstamo responde con sus bienes, tanto los presentes como los futuros. Es común por tanto que la entidad prestataria analice por la documentación que le exige al cliente la capacidad de endeudamiento que tiene el mismo mediante, por ejemplo, su nómina o una declaración jurada de su patrimonio.